Con el fin homogeneizar los cortavientos o mamparas a instalar en las terrazas de los establecimientos de hostelería de esta ciudad y para que que estos elementos guarden unas características comunes por la Alcaldía Presidencia se ha dictado Resolución respecto de las características que deben observarse, en consonancia con los demás elementos integrantes del mobiliario de la terraza
Dichos cortavientos o mamparas podrán ser instalados durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre y hasta el 30 de abril, pudiendo establecerse, en caso de considerarse necesario las pertinentes prórrogas que se acuerden en función de las circunstancias del momento.
Así pues, las solicitudes de ocupación del dominio público con cortavientos se ceñirán al modelo aprobado por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Salamanca de la Junta de Castilla y León, en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2020, debiendo tener las siguientes características:
Mampara protectora del viento y del frío regulable en altura, con ruedas para su desplazamiento.
Material: perfil de aluminio de 90 mm y vidrio laminado de seguridad 3+3 mm con canto pulido.
Medidas: largo desde 1 hasta 2 metros.
alto regulable 1,00/1,70 metros.
Acabados: acero corten


La autorización municipal se condicionará a las debidas exigencias de convivencia de las instalaciones autorizadas con los peatones, las necesidades de aparcamiento de vehículos en la zona, y el acceso y visibilidad del resto de negocios así como el resto de condicionantes que marquen las ordenanzas municipales
Esta autorización municipal será revocable, previa audiencia del interesado, por razones de interés público y demás causas establecidas en la normativa de aplicación y sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tenga atribuida este Ayuntamiento.
No se permitirán cortavientos, celosías y equivalentes de madera u otros elementos similares que no se ajusten al modelo que antes descrito.
