El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, convoca subvenciones para la adquisición de libros de texto y/o material escolar, para el alumnado escolarizado en los Centros de enseñanza de Ciudad Rodrigo, que cumplan los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria.
Se podrán subvencionar libros de texto (siempre que no estén financiados por el Programa RELEO), material escolar fungible y la adquisición de material/dispositivo informático electrónico (e-book, Tablet y memorias USB), para los alumnos/as que cursen estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos y Educación Permanente de Adultos, durante el curso 2022/2023 en el municipio de Ciudad Rodrigo.
Se recuerda que no serán subvencionables las mochilas, los uniformes, material y ropa deportiva, los portatodo o estuches, ordenadores,…recibos de aportación cooperativa de aula y aquel material que no se considere expresamente como material didáctico escolar. Se deberá presentar factura original del gasto efectuado, en la que deberá constar el nombre del/a solicitante y del alumno/a. No serán válidos los tikets de compra.
El extracto de la convocatoria ha sido publicado en el BOP de hoy, día 10 de octubre. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará mañana día 11 de octubre y finalizará el día 2 de noviembre.
La documentación a presentar es la siguiente:
- Modelo de Solicitud ANEXO I, que podrá recogerse en la Consejería del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo o descargarla de la página web: ciudadrodrigo.es
- Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte de los solicitantes: madre y padre o tutor/a legal del beneficiario/a, firmantes de la solicitud. En los supuestos de separación/divorcio de los progenitores la solicitud se firmará únicamente por el/la progenitor que tenga la custodia del/la menor y se presentará la sentencia judicial de separación o divorcio en su caso. En el caso de que el/la solicitante sea tutor/a legal, documento que lo acredite.
- Fotocopia del Libro de Familia y título de familia numerosa, en su caso.
- Copia de la Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2021. En el caso de custodia compartida, se deberán presentar las declaraciones de ambos progenitores.
- En caso de no estar obligado/a la presentación de la Declaración de la Renta, los documentos a aportar para todos/as los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, serán los recogidos en el artículo 5.2 de las Bases, y que son los siguientes:
*Certificado de empresa de los miembros de la familia que ejerzan actividad laboral por cuenta ajena.
*Justificantes de pago de cuotas a la Seguridad Social, en caso de trabajadores/as autónomos y Declaración trimestral.
*Certificado de cada uno de los miembros de la familiar mayores de 16 años emitido por el ECYL, de percepción o no de prestación o subsidio por desempleo.
* Certificado de cada uno de los miembros de la familia mayores de 16 años del INSS de la percepción o no de pensiones de la Seguridad social contributivas o no contributivas.
*Cualquier otro documento que se considere necesario para acreditar su situación económica y/o laboral: Resolución de RGC, etc.
– Factura original del gasto realizado, una para cada alumno/a para el que se solicite subvención, especificando en la misma el nombre del/a mismo/a, que deberá ser emitida por librería /papelería a nombre del solicitante, padre, madre tutor/a legal y expedida entre el 1 de julio de 2022 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las facturas deberán tener valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se admitirán para la justificación la presentación de tickets o similares sin ninguna identificación.
– Certificación de número de cuenta bancaria a nombre del solicitante o fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria.
– En el caso de separación/divorcio, además de la sentencia judicial que lo acredite, presentarán el Convenio regulador de medidas paternofiliales. En el caso de cese de la convivencia de uniones de hecho, estén inscritas o no, deberán presentar el Convenio regulador de medidas paterno filiales ratificadas judicialmente. No se admitirá ningún otro documento.
– Otros (especifíquese)
Las solicitudes podrán entregarse de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento. Se ruega cumplimentar las solicitudes con letra clara y legible para facilitar el contacto en caso necesario.
Igualmente la presentación podrá hacerse de forma electrónica en: https://ciudadrodrigo.sedelectronica.es/. Se recuerda que el certificado digital es personal e intransferible.
Para más información pueden llamar al 923498400 (extensión 209) o al 664436040.
Las bases pueden ser consultadas en el siguiente ENLACE
El modelo de solicitud se puede descargar en el siguiente ENLACE