Hasta el próximo día 30 de mayo estará abierto el plazo para presentar solicitud de participación en el IX Martes Chico y el XXXIX Martes Mayor de Ciudad Rodrigo.
El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo a través de la delegación de Comercio, que encabeza Paola Martin Muñoz, ha aprobado las bases de participación del IX Martes Chico y el XXXIX Martes Mayor que se celebrarán los días 5 y 12 de agosto respectivamente.
En este sentido, y con el objeto de regular la instalación de puestos en la vía pública, desde este Ayuntamiento SE INFORMA que el PLAZO DE ADMISIÓN DE SOLICITUDES para participar con un puesto de venta en cualquiera de estas celebraciones finalizará a las 14,00 horas del día 30 de mayo de 2025.
Una vez finalizado el plazo de presentación (30 mayo), NO se admitirán solicitudes ni se otorgarán licencias para la instalación de puestos en esas fechas.
EL FORMULARIO DE SOLICITUD podrá recogerse en la Conserjería del Ayuntamiento o en la Oficina Municipal de Desarrollo (sitos en Plaza Mayor, 27), o descargarse de la web municipal (www.ciudadrodrigo.es), pudiéndose recibir más información al respecto en la Oficina Municipal de Desarrollo (teléfono 664 317881).
Esta solicitud una vez cumplimentada y firmada por el solicitante, DEBERÁ REGISTRARSE dentro del plazo señalado, por cualquiera de las siguientes formas:
- PRESENCIALMENTE, en la oficina de Registro del Ayuntamiento (en Plaza Mayor, 27), presentando solicitud de participación y DNI del interesado.
- TELEMÁTICAMENTE a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, presentando una instancia general –según modelo que consta en la sede https://ciudadrodrigo.sedelectronica.es/info.0 en su apartado catálogo de trámites, a la que se adjuntará solicitud de participación y DNI del interesado.
- O POR CUALQUIERA DE LAS DEMÁS FORMAS PREVISTAS en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAAP).
Las solicitudes DEBERÁN CUMPLIMENTARSE OBLIGATORIAMENTEpor todas aquellas personas que, indistintamente, quieran participar en uno u otro martes comercial.
El Ayuntamiento se reservará el derecho de conceder o no la licencia de instalación atendiendo a la normativa reguladora del Martes Mayor para la celebración de ambos Martes. De ahí que la autorización de puestos en los terrenos de uso público quedará sometida a la previa obtención de la LICENCIA MUNICIPAL correspondiente, que corresponderá, exclusivamente, a este Ayuntamiento.
En la licencia municipal expedida estará detallada la ubicación y plano del puesto que le ha correspondido al solicitante, la cual SE ENTREGARÁ A LOS PARTICIPANTES ADMITIDOS EN ESTAS CONDICIONES:
- SI SON DE CIUDAD RODRIGO:
- Acudirán a la Oficina Municipal de Desarrollo para recoger su licencia (en Plaza Mayor, 27).
- SI SON DE FUERA DE CIUDAD RODRIGO:
- por correo postal – a la dirección facilitada en la solicitud,
o en último caso
- por correo electrónico –en el correo facilitado en la solicitud,
Asimismo, la adjudicación, plano de ordenación de los puestos y autorización de los mismos se publicará en la página web municipal (www.ciudadrodrigo.es), en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica de este Ayuntamiento (apartado Tablón de Anuncios).
PODRÁN PARTICIPAR de manera general en estos Martes, el comercio de Ciudad Rodrigo y Comarca – conforme recoge los términos señalados en el artículo 3.1 de la Ordenanza Municipal -, que haya formalizado en tiempo y forma la solicitud de participación.
También se permitirá la participación del sector de la hostelería SÓLO en aquellas zonas afectadas por los referidos martes de agosto, y que hayan cumplimentado y formalizado debidamente su solicitud dentro del plazo marcado por este ayuntamiento.
Igualmente podrán participar puestos infantiles autorizados por el padre, madre o tutor legal del menor, que asimismo hayan cumplimentado y formalizado su solicitud.
Asimismo, podrán solicitar su participación puestos de artesanía y agroalimentarios establecidos en la provincia y Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como los establecidos en cualquier otro punto de España y pueblos limítrofes de Portugal, que hayan cumplimentado y formalizado en tiempo y forma su solicitud.
PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO de estos martes de agosto será de obligado cumplimiento todas aquellas disposiciones contenidas en la Ordenanza Reguladora del Martes Mayor que será de aplicación tanto para regular la instalación de puestos en el Martes Chico como en el Martes Mayor. En este sentido, el Ayuntamiento se reserva el derecho de adjudicar los puestos, con arreglo a los siguientes CRITERIOS DE
PREFERENCIAS:
- Priorizará la participación de aquellos puestos que en las calles autorizadas para el mercado tengan su propio establecimiento comercial, respetándose así el espacio de fachadas tanto de los puestos comerciales como de los puestos de hostelería existentes en las zonas afectadas por estos martes.
- Se atenderá en la medida de lo posible, la ubicación solicitada por el participante.
- En caso de que la misma zona y/o ubicación sea demandada por más de un solicitante, tendrá preferencia a la misma, aquél puesto solicitante de convocatorias anteriores.
- En cualquier caso, la ordenación de puestos corresponderá exclusivamente al Ayuntamiento.
Todo ello según lo dispuesto en la citada Ordenanza reguladora del Martes Mayor (publicada en el BOP Nº 125, de 02 de julio de 2014).
LAS BASES DE PARTICIPACIÓN de los martes de agosto, Martes Chico y Martes Mayor y las Solicitudes de participación se pueden consultar y descargar en los siguientes documentos:
ANUNCIO BASES martes agosto 2025
