Actividad: III FERIA MEDIEVAL
Días 5, 6 y 7 de Octubre de 2018
CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN:
1.- Solicitud de participación y de espacio.
Podrán solicitar su participación en la licitación para la adjudicación de la Barra de Bar en la Plaza del Castillo, todas aquellas personas físicas o jurídicas que sean TITULARES de una actividad destinada a la hostelería.
Podrán participar aquellas personas que estén dadas de alta en el IAE de Hostelería y que tengan plena capacidad de obrar.
Se concederá un ESPACIO por actividad, formado por carpas, cuya superficie comprenderá aproximadamente unos 32 m2 (8,00 largo x 4,00 fondo) y se ubicará en el entorno de la Plaza del Castillo, zona de la Feria Medieval.
Las carpas serán de 4 x 4 metros colocando cada uno de los adjudicatarios solamente 2 carpas unidas, siendo una destinada a bar (4×4) y la otra para sus clientes (4×4), pudiendo colocar mesas y sillas únicamente de madera o alpacas de paja. NO SE PERMITE NINGÚN OTRO MATERIAL.
Para optar a ellas, ello el solicitante deberá presentar copia de la “Licencia ambiental y/o licencia de Apertura de la actividad, además de la correspondiente TARJETA VERDE o SANITARIA”.
Queda totalmente prohibido el traspaso del Puesto (el puesto una vez concedido no se podrá vender o realquilar a un tercero).
2.- Plazo de presentación de solicitudes y apertura de sobres.
El PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD finaliza el día 12 de junio de 2018 y hasta las 14:00 horas (inclusive).
La documentación se presentará en el Registro municipal de Documentos del Ayuntamiento en sobre cerrado, indicando en el mismo: Licitación Barra-Bar. Feria Medieval.
Además se deberá indicar en el SOBRE:
el nombre del licitador y el nombre del Bar o actividad hostelera.
y si su actividad habitual la desarrolla en Ciudad Rodrigo o en otro municipio.
Deberá de aportar (incluir en el sobre):
Fotocopia D.N.I. (o en su caso, CIF si es sociedad).
Anexo I (Modelo de Solicitud).
Anexo II (Declaración responsable).
Certificado de no tener deudas con el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, ni con la Seguridad Social ni con la Hacienda Pública.
La APERTURA DE LOS SOBRES se realizará en acto público en el Ayuntamiento el día 14 de junio a las 13:30h.
Si el adjudicatario de barra de bar, renunciase a la misma, deberá de comunicarlo de inmediato, y la misma se adjudicará al siguiente reserva de mayor puja.
Las carpas cedidas deberán ser devueltas a este Ayuntamiento en las mismas condiciones en que fueron entregadas. Cualquier daño causado por el expositor en las instalaciones será siempre a su cargo.
Los desperfectos originados en las carpas o instalaciones cedidas se les repercutirá al adjudicatario del bar. En caso de impago se le girará por vía ejecutiva y quedará excluido durante los 5 años siguientes, no pudiendo participar durante este periodo de tiempo.
3.- Admisión de expositores y adjudicación de espacios y abono del canon de ocupación.
Se contará con un total de 3 barras de bar. Cada una de ellas con una superficie de 32 m2.
El precio de salida de cada barra de bar será de 200 €.
Se adjudicarán los puestos de Bar a la mayor puja presentada en sobre cerrado. En el sobre por fuera se indicará los datos del licitador, y si la licencia municipal es de Ciudad Rodrigo o de otro municipio.
Tendrán preferencia en la adjudicación, los hosteleros que tengan licencia municipal de Ciudad Rodrigo. Por lo que primeramente se abrirían los sobres de éstos y si el puesto quedara vacante, se procederá a la apertura de ofertas de hosteleros cuya licencia municipal no sea de Ciudad Rodrigo.
En caso de empate a la hora de apertura de sobres, se realizará por sorteo.
El mismo licitador podrá optar a las 3 barras de bar, realizando la puja de cada una de ellas, por al menos el mínimo de licitación.
Si el adjudicatario de barra de bar, renunciase a la misma, deberá de comunicarlo de inmediato, y la misma se adjudicará al siguiente reserva de mayor puja.
El PAGO DEL CÁNON de adjudicación se realizará como fecha límite el 18 de junio de 2018, en la Tesorería del Ayuntamiento.
Si en esta fecha no estuviese abonado el pago, se perderá de forma automática la concesión y se adjudicará la misma al siguiente reserva.
4.- Disposiciones Generales de montaje y limpieza.
Para la cocina se usarán parrillas u hornos rústicos, o en su defecto, planchas de gas o hornos modernos que no estén a la vista, prohibiéndose el uso de microondas.
En las instalaciones de barra de bar, se permite el uso de aparatos de música, siendo ésta ambientada a la temática, y teniendo en cuenta la emisión de ruidos dentro de los umbrales previstos en la Ley 5/2009, de 4 de junio del Ruido de Castilla y León.
Si fuera necesario, el Ayuntamiento podrá instalar altavoces con música de ambiente, en las inmediaciones de la feria medieval.
Queda prohibido afectar las instalaciones, no permitiéndose pintar, fijar tacos, ni hacer agujeros en ningún elemento estructural.
El bar estará decorado y ambientado según la época (finales del siglo XIII a principios del siglo XIV), sin que aparezca ningún tipo de publicidad comercial, excepto la propia del establecimiento, siempre con tipografía y estilo medieval. La DECORACION INTERIOR se realizará en tela de colores naturales (Rojo, Verde, Amarillo, Negro…).
Durante el servicio de bar, los elementos o vajilla a utilizar, a ser posible, deberán de ir acordes a la época. Así, las bebidas se servirán en jarras, vasos de barro, etc. (o en su defecto, en vasos de plástico de color cartón, o dando las botellas dentro de una bolsa de papel, etc.). La comida, a ser posible, se servirá en platos de barro (o en su defecto, en platos de plástico de color cartón).
EN CUANTO A LA UBICACIÓN DE LOS BARES, que serán contiguos (Parte Baja de la Plaza del Castillo, junto al verraco según plano adjunto), los 3 bares compartirán una ZONA COMÚN consistente en la unión de 6 carpas de 4×4 metros cada una (que deberán colocar los adjudicatarios). Los bares serán colocados en carpas alternas teniendo otra carpa entre cada uno de ellos a modo de ZONA DE CLIENTES.
LA DECORACIÓN DE LAS 6 CARPAS será por cuenta de los adjudicatarios excepto la colocación por parte del Ayuntamiento de una tela marrón (tela de saco) por encima del techo de todas las carpas para dar una visión uniforme a toda la decoración.
Las Barras se situarán en las carpas 1, 3 y 5 (según plano adjunto) siendo elegidas por los adjudicatarios en orden según la mayor de las pujas.
El Bar se hará cargo de la limpieza de sus instalaciones, dotándoles el propio Ayuntamiento de 1 contenedor de vidrio por cada puesto de bar y de los necesarios de residuos.
La hora de cierre será a la finalización del evento (horario límite aprox. 01:00 horas), y en su defecto, el marcado por la normativa de aplicación.
Los adjudicatarios deberán montar la barra a lo largo de la tarde del jueves o bien a lo largo del viernes debiendo estar montada antes del inicio de la celebración del evento (18:00h del viernes).
El expositor de barra de bar quedará libre de bebidas, mobiliario y otros enseres, además de perfectamente limpios por parte del adjudicatario, después de la celebración del evento, siendo su fecha límite el lunes, 8 de octubre, día siguiente a la finalización de la Feria.
Se contará con servicio de vigilancia nocturna desde el viernes 5 de octubre hasta el domingo 7 de octubre, a las 23.00h (en estos días el servicio se prestará desde las 01:00h hasta las 9:00h del día siguiente).
5.- Régimen jurídico uso especial.
– La autorización del uso especial del dominio público, su preparación y adjudicación, se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio; los principios extraídos de la legislación contenida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
No obstante, los actos de preparación y adjudicación, por su condición de actos separables, quedan sometidos, en defecto de normas administrativas específicas al LCSP y sus disposiciones de desarrollo y, en cuanto a sus efectos y extinción, por la legislación patrimonial de la Administración Local, siendo competente para conocer de los mismos la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
6.- Disposición general: El expositor de barra al firmar la solicitud acepta estas condiciones y queda obligado a cumplir los requisitos y respetar las normas que establezca el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, acatando en todo momento las órdenes del coordinador de la misma y de los técnicos municipales.